La tregedia de Teatre podría haberse evitado

La tregedia de Teatre podría haberse evitado

Tras el último suceso acaecido en la Región de Murcia, es inevitable no preguntarse si la tragedia que se ha cobrado la vida de 13 personas podría haber sido evitada de algún modo.

Para resolver estas cuestiones, hemos contactado con Jesús Fernández, director de la empresa murciana Swiss Fire Spain, especializada en la instalación de sistemas de seguridad contra incendios.

Durante estos últimos días, el despliegue ha sido inmenso; 100 efectivos y 22 vehículos se desplazaron a la zona del suceso la madrugada del 1 de octubre, para frenar las llamas, y realizar las tareas de socorro y búsqueda pertinentes.

En esos momentos de completa incertidumbre, la intensa labor de los bomberos facilitó las labores de extinción —que finalizaron sobre las 10:00 AM del pasado domingo—, y auxilio, que no se dieron por completadas hasta las últimas horas de la tarde del lunes.

Sin embargo, unos días más tarde y tras el anuncio de la posible falta de licencia de los locales, cabe preguntarnos si la crítica situación podría haberse solventado con mayor rapidez, e incluso evitado, si los establecimientos hubieran contado con los mecanismos de extinción de incendios pertinentes.

La normativa reguladora de las condiciones de seguridad relacionadas con los lugares de ocio y uso público es el Real Decreto 2816/1982, de 27 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General de Policía de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas.

A su vez, cada Comunidad Autónoma ha de desarrollar una ley aplicable en su territorio, en Murcia, dicha ley es la 2/2011, de 2 de marzo, de admisión en espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos de la Región de Murcia.

En el concreto caso de los incidentes relacionados con el fuego, existen 2 tipos de medidas —tal y como nos explican desde Swiss Fire Spain—, por un lado, la protección activa, y por otro, la protección pasiva, ambas recogidas en el Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios (RIPCI). La diferencia radica en que, mientras que la primera hace referencia a la extinción del fuego, la segunda se centra en la contención del mismo.

Así, entre las medidas a considerar de protección activa según Jesús Fernández, y siguiendo el Código técnico de la Edificación—, encontramos la instalación de rociadores en áreas críticas, es decir, tanto en la parte superior, como en la inferior del falso techo de las instalaciones.

El inconveniente de este sistema radica en que, aunque se presenta como una opción altamente efectiva que podría controlar el incendio de manera automática, reduciéndolo a dimensiones mínimas o incluso apagándolo por completo, la cantidad de requisitos que deben cumplirse, según lo establecido en la norma UNE 23500/2012, para poder utilizar el agua de la red pública en el suministro de rociadores, dificulta su implementación. Además, no todos los locales cuentan con el espacio suficiente para la instalación de depósitos de reserva.

Asimismo, la incorporación de un sistema de control de humos podría haber contribuido a la evacuación del humo del incendio, previniendo su acumulación en el espacio entre el falso techo y la cubierta del local, y en consecuencia, evitando las muertes por inhalación.

Por otro lado, en relación con la protección pasiva, al construir un local se debe tener en cuenta que, siguiendo la letra del artículo 33 del Real Decreto 2816/1982, tanto los materiales de construcción, como los elementos meramente decorativos, deben ser resistentes al fuego y estar certificados. Los materiales han de ser apropiados frente a este tipo de situaciones imprevistas, evitando en la medida de lo posible los materiales inflamables o de rápida combustión, o protegiéndolos con sustancias ignífugas.

Adicionalmente, siempre que existan locales adyacentes (como en el caso de La Fonda, con Teatre y Golden), la ley establece la obligación de que entre estos existan barreras cortafuegos.

El propósito de esta compartimentación es evitar que las llamas se propaguen de un espacio a otro. Sin embargo, en el caso de estas discotecas, estas medidas de seguridad no se encontraban adecuadamente implementadas.

Debemos recordar que el Código Técnico de la Edificación no prescribe todas las medidas a aplicar, sino que establece requisitos mínimos obligatorios. No obstante, queda a discreción de cada empresa la adopción de medidas adicionales que proporcionen un nivel superior de seguridad.

Como podemos ver, contando con los medios necesarios, actualizados en conformidad con las regulaciones locales y nacionales, se pueden evitar siniestros como el que ha azotado a la capital murciana este fin de semana.

Además, llevar a cabo inspecciones periódicas y mantener un control de mantenimiento para asegurar su efectividad, como apuntan desde SwissFire Spain, se configuran como prácticas fundamentales en materia de prevención.

Este episodio sin precedentes subraya la importancia de priorizar la seguridad en discotecas y otros establecimientos de entretenimiento. Debemos tomar conciencia de los riesgos que implica no adecuar los locales a situaciones imprevistas, con el firme propósito de evitar que ocurra una tragedia similar en el futuro.

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