Repara tu Deuda, despacho de abogados líder en España en la Ley de Segunda Oportunidad, ha logrado otra cancelación de deuda mediante la Ley de Segunda Oportunidad.
Se trata del caso de ER, vecina de Águilas (Murcia), divorciada y con dos hijas, a quien el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº1 de Lorca (Murcia) ha concedido el Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI), liberándola de una deuda que ascendía a 7.100 euros.
ER se endeudó para poder hacer frente a los gastos. Sin embargo, con un solo sueldo, no podía asumirlo todo ya que tenía las dos hijas a su cargo y no recibía manutención. Finalmente, decidió iniciar el proceso para cancelar los pagos pendientes a través de la Ley de la Segunda Oportunidad, cosa que finalmente obtuvo.
Pese a que la Ley de la Segunda Oportunidad todavía no es muy conocida en España, cada vez más personas acuden a este mecanismo legal, en gran parte, gracias a la labor de Repara tu Deuda Abogados para difundir esta posibilidad entre las personas que más lo necesitan. En concreto, se puede hablar de una cifra de 13.231 de personas en España que se acogieron a esta ley en 2020 para volver a empezar sin deudas. En Murcia un total de 228 personas iniciaron el procedimiento.
Repara tu Deuda Abogados es el despacho especializado en la Ley de la Segunda Oportunidad en España que más casos ha llevado en el país y el que más deuda ha cancelado, superando los 30 millones de euros de deuda.
Es importante resaltar que el número total de personas que se han acogido durante el último año a la Ley de la Segunda Oportunidad se ha incrementado considerablemente. Este mecanismo ya es una realidad en todas las comunidades autónomas de España, siendo Catalunya la pionera del ranking nacional. “Hemos invertido millones de euros en tecnología y en dar a conocer la Ley de la Segunda Oportunidad en todo el país y hemos sido los embajadores de la Ley de la Segunda Oportunidad desde nuestros inicios en Catalunya”, explican los abogados.
La Ley de la Segunda Oportunidad permite cancelar las deudas de particulares y autónomos en situación de sobreendeudamiento, demostrando unos requisitos específicos como, por ejemplo, actuar de buena fe o que la deuda no supere los 5 millones de euros.
Fuente: Comunicae